Composición de la Asamblea Municipal del Poder Popular de Antilla | ||
Presidenta AMPP Antilla | Vicepresidente AMPP Antilla | Secretario AMPP Antilla |
Reynaldo Nápoles Ramírez | Mauricio Santiesteban Domínguez | George Peña Cruz |
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Teléfono: - 24 888310 | Teléfono: - 24 888294 | Teléfono: - 24 888242 |
Móvil: 52885249 | Móvil: 52854833 | Móvil: 52127660 |
La Asamblea Municipal del Poder Popular está integrada por 50 delegados, de ellos 13 son mujeres, para un 26,0 %; 2 jóvenes (4 %), 38 blancos (76,0 %), 7 negros (14,0 %) y 5 mestizos (10,0%).
El promedio de edad es de 52,32 años.
14 delegados (28,0 %) alcanzan el nivel educacional superior, 32 (64,0 %) poseen duodécimo grado y 4 (8,0 %) el noveno grado. Tres poseen título de máster en ciencias.
34 delegados (68,0 %) militan en el Partido Comunista de Cuba y 1 (2,0 %) en la Unión de Jóvenes Comunistas.
En el presente periodo de mandato se han efectuado 10 ceses en funciones de delegados (de ellos 5 en las 18 circunscripciones recibidas en el mes de junio del municipio de Banes). De ellas 3 por renuncia, 3 por cambio de domicilio del delegado, 2 por enfermedad y 2 por otras causas.
La Asamblea Municipal del Poder Popular tiene las atribuciones siguientes:- Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones de carácter general adoptadas por los órganos superiores del Estado.
- Elegir y revocar al presidente y al vicepresidente de la Asamblea.
- Designar y sustituir al secretario de la Asamblea.
- Revocar el mandato de diputados a la Asamblea Nacional y de delegados a la Asamblea Provincial del Poder Popular, que hayan sido elegidos por ese municipio, de acuerdo con lo establecido en la ley.
- Realizar la elección constituyéndose en Colegio Electoral para cubrir cargos vacantes de diputados a la Asamblea Nacional y de delegados a la Asamblea Provincial del Poder Popular, cuando sea convocada para ello conforme a la ley.
- Ejercer la fiscalización y el control de las entidades de subordinación municipal.
- Revocar o modificar los acuerdos y disposiciones de los órganos o autoridades subordinadas a ella, que infrinjan la Constitución, las leyes, los decretos-leyes, los decretos, resoluciones y otras disposiciones dictados por los órganos superiores del Estado o que afecten los intereses de la comunidad, de otros territorios, o los generales del país, o proponer su revocación al Consejo de Ministros, cuando hayan sido adoptados en función de facultades delegadas por los organismos de la Administración Central del Estado.
- Adoptar acuerdos y dictar disposiciones dentro del marco de la Constitución y de las leyes vigentes sobre asuntos de interés municipal y controlar su aplicación.
- Designar y sustituir a los miembros de su órgano de Administración a propuesta de su presidente.
- Designar y sustituir a los jefes de las direcciones administrativas y de empresas pertenecientes a la subordinación municipal.
- Determinar, conforme a los principios establecidos por el Consejo de Ministros, la organización, funcionamiento y tareas de las entidades encargadas de realizar las actividades económicas, de producción y servicios, de salud y otras de carácter asistencial, educacionales, culturales, deportivas, de protección del medio ambiente y recreativas, que están subordinadas a su órgano de Administración.
- Proponer la creación y organización de Consejos Populares, de acuerdo con lo establecido en la ley.
- Constituir y disolver comisiones de trabajo.
- Aprobar el plan económico-social y el presupuesto del municipio, ajustándose a las políticas trazadas para ello por los organismos competentes de la Administración Central del Estado, y controlar su ejecución.
- Coadyuvar al desarrollo de las actividades y al cumplimiento de los planes de producción y de servicios de las entidades radicadas en su territorio que no le estén subordinadas, para lo cual podrá apoyarse en sus comisiones de trabajo y en su órgano de Administración.
- Conocer y evaluar los informes de rendición de cuenta que le presente su órgano de Administración y adoptar las decisiones pertinentes sobre ellos.
- Atender todo lo relativo a la aplicación de la política de cuadros que tracen los órganos superiores del Estado.
- Fortalecer la legalidad, el orden interior y la capacidad defensiva del país.
- Conocer acerca de la atención y tramitación de las quejas y planteamientos formulados por los ciudadanos.
- Cualesquiera otras que le otorguen la Constitución y las leyes.
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